México Impulsa la Producción Audiovisual con Estímulo Fiscal Transferible de hasta 30%

  • Nuevo incentivo fiscal permitirá acreditar hasta 30% de costos audiovisuales en México y transferir el crédito hasta en 70%. El esquema estará vigente hasta 2030, con topes de 40 mdp por beneficiario y 400 mdp anuales.
Ciudad de México, 07 de abril de 2026.– La industria cinematográfica y audiovisual en México da un paso estratégico con la entrada en vigor del nuevo estímulo fiscal impulsado por el Ejecutivo federal en 2026. De acuerdo con especialistas de Baker McKenzie, el esquema destaca por permitir no solo reducir la carga fiscal, sino también monetizar el incentivo mediante su transferencia a terceros. El Decreto —publicado el 16 de febrero de 2026 y complementado con Lineamientos el 30 de marzo— permite acreditar contra el ISR hasta el 30% de los costos elegibles de producción y postproducción realizados en México. El estímulo tiene un tope de 40 millones de pesos por proyecto y un límite anual de 400 millones de pesos, con vigencia hasta el 30 de septiembre de 2030. Uno de los elementos más relevantes es su carácter transferible: los beneficiarios pueden ceder el crédito fiscal —hasta en 70%— a otros contribuyentes del ISR, incluyendo corporativos, fondos o plataformas. Esto abre la puerta a nuevas estructuras de financiamiento y amplía el universo de participantes más allá de la industria audiovisual.

Claves Operativas y Requisitos

El estímulo aplica a todo el ciclo de producción (desarrollo a entrega final) realizado en México. Podrán acceder personas físicas y morales residentes en México, residentes en el extranjero con establecimiento permanente en el país y residentes en el extranjero sin establecimiento permanente que produzcan a través de una productora mexicana. Entre los principales requisitos destacan:
  • Al menos 70% de proveeduría nacional.
  • Erogaciones realizadas en territorio mexicano.
  • Opinión de cumplimiento fiscal positiva y buzón tributario activo.
  • Constancias de trámite y cumplimiento emitidas por el Comité Técnico.
Se establecen además montos mínimos de inversión: 40 mdp para largometrajes y series narrativas o de animación; 20 mdp para largometrajes o documentales; y 5 mdp para procesos de animación, efectos visuales o postproducción.

Exclusiones y Consideraciones

El incentivo no es acumulable como ingreso ni genera devoluciones o saldos a favor. Tampoco aplica para contribuyentes con incumplimientos fiscales relevantes ni es compatible con otros estímulos como el del artículo 189 de la Ley del ISR.

Oportunidad para el Mercado

Para Baker McKenzie, este instrumento puede detonar inversión, atraer producciones internacionales y fortalecer la cadena de valor local. Recomiendan evaluar de inmediato la elegibilidad de proyectos y preparar la documentación requerida, así como definir estrategias para aprovechar o transferir el crédito. Con reglas claras y un horizonte hasta 2030, el estímulo se posiciona como una de las apuestas más relevantes para consolidar a México como hub audiovisual competitivo.

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